Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41016

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-21

Carátula: VENTURA Antonio Gabriel c/ESTEVEZ Antonio S/ Beneficio y ordinario

Descripción: INICIO

General Roca, 21 de JUNIO de 2011.-g

Por presentado, parte y con domicilio.-

Previo al traslado del pedido de Beneficio de Litigar sin gastos, acompañense las declaraciones en debida forma, realizando el interrogatorio del art. 441 respecto de ambas partes.-

Atento las caracteristicas del trámite "cobro de pesos", la acción que se deduce tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Deposítese en caja fuerte la documentación original acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental de fs. 52/215.- Conste.-

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