Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0279/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-17

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ OROZ MARQUEZ ANTONIO DIEGO Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS

EXPTE. Nº : 0279/2010.-

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ OROZ MARQUEZ ANTONIO DIEGO Y OTRO S/ EJECUTIVO.-

Viedma, junio de 2.011.-

Agréguese el oficio sin diligenciar acompañado.-

Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que los accionados ANTONIO DIEGO OROZ MARQUEZ (D.N.I. nº 16.605.203) y DARIO ALFONSO LOZON (D.N.I. nº 21.878.119) tengan o tuvieren en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes de los demandados, ya sea tanto como activos o pasivos, en los Bancos Patagonia S.A., Santander Río S.A., Macro S.A., de la Nación Argentina e Hipotecario S.A., hasta cubrir la suma de $ 2.751 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.546 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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