Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0451/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-17

Carátula: AGUINAGA ARMANDO RAUL C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: INICIA DEMANDA - Nuevo

EXPTE N° 0451/2011

CARATULA: AGUINAGA ARMANDO RAUL C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Viedma, junio de 2011.-

Por presentado, parte a tenor del poder que se agrega y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría el talonario de facturas, quedando a disposición de la contraria para su consulta y observación.-

Teniendo en cuenta la constancia de iniciación del trámite de beneficio de litigar sin gastos acompañada, hágase saber que en su oportunidad deberá presentarse copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.Pr.), córrase traslado de ella a la demandada por el término de 30 días, a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, oponga excepciones dentro del plazo de ley y acompañe la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Tiénese presente el pacto de cuota litis acompañado y a los fines de su ratificación fíjase primera audiencia a la que deberá comparecer el sr. Armando Raúl Aguinaga, munido de su documento de identidad, de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12 horas. Notifíquese.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha procedí a dar cumplimiento con la reserva del talonario bajo registro A-11/11. Conste.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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