Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39055

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-15

Carátula: SCUADRONI Luis Alberto c/MAGNASCO Philippe L.R.. y otros S/ Ordinario

Descripción: a cédula//a Defensoria

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CEDULA DE NOTIFICACION

Dra. Margot Perez Bambill

Mitre 944, piso 1, of. 2 (constituído)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SCUADRONI Luis Alberto c/MAGNASCO Philippe L.R.. y otros S/ Ordinario" (Expte. N* 39055) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 11 de mayo de 2011. ... RESUELVO: Imponer las costas de este proceso a los demandados Sres. Philippe Louis Rodolphe Magnasco, Bruno Francois Joseph Magnasco y Francois Bernard Jacques Magnasco, Giuseppe Magnasco, Mario Eduardo Bozich y Aurora Sandoval.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Sergio Santiago Espul en $ 4.340.- Margot E. Perez Bambill en $ 4340.- y Horacio Pagliaricci en $ 5.600.- (M.B. $ 44.410,86.- planilla aprobada a fs.362 de los autos N° 32.108-IV-99, arts.6,7 y 38 ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Se hace saber a los demandados que previo a ordenar el levantamiento de las medidas cautelares se debe cumplir con RENTAS y Caja Forense.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 15 de junio de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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