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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0286/2010
Fecha: 2011-06-14
Carátula: CERDAN FANNY DORIS C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: hace lugar - revoca providencia
EXPTE. No. 0286/2010
CARATULA: CERDAN FANNY DORIS C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2.011.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta los argumentos vertidos por el recurrente, lo dispuesto por los arts. 198 y 538 del CPCC y toda vez que en el caso el embargo trabado a fs. 84/87 lo ha sido en carácter de ejecutorio y no como una medida cautelar, etendiendo que le asiste razón al recurrente, revócase la provindencia de fs. 88 y tiénese presente el embargo trabado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro