include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1200/2010
Fecha: 2011-06-10
Carátula: RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO
Descripción: tiénese, hace efectivo apercibimiento judicial
EXPTE. N° 1200/2010
CARATULA: RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO
Viedma, junio de 2011.-
Al escrito de fs. 248: Tiénese presente.-
Estése a lo que se dispone a continuación
Proveyendo a fs. 249/250:
Agréguese.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que del remito acompañado surge que la medicación que se ordena entregar no es la ordenada en la sentencia y teniendo en cuenta el incumplimiento incurrido por el Ministerio de Salud, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 229 y 239 y en consecuencia remítanse las actuaciones al sr. Agente Fiscal en turno a los fines que estime corresponder.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro