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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0011/2011
Fecha: 2011-06-10
Carátula: MORTADA CARLOS ABEL C/ LAGARDE NADINE ISABELLE S/ DESALOJO (Monitorio)
Descripción: nulidad
EXPTE. N° 0011/2011
CARATULA: MORTADA CARLOS ABEL C/ LAGARDE NADINE ISABELLE S/ DESALOJO (Monitorio)
Viedma, junio de 2011.-
Agréguese.-
Atento el estado, surgiendo de la cédula de notificación que no se ha dado cumplimiento con las previsiones establecidas en los arts. 683 y 684 del C.Pr., de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma, conforme los términos dispuestos a fs. 15.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber al sr. Juez de Paz que deberá dar estricto cumplimiento con las disposiciones que rigen tal cuestión.-
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Poder Judicial de Río Negro