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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0331/2011
Fecha: 2011-06-09
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ LINARES MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar a lo peticionado por el demandado - EMBARGO DE DERECHOS Y ACCIONES
EXPTE. N° 0331/2011
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ LINARES MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2011.-
Atento los fundamentos expuestos y teniendo especialmente en cuenta la oposición formulada por la parte actora, a lo solicitado por el demandado a fs. 17/18 no ha lugar.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los derechos y acciones que tuviera el demandado sr. Miguel Angel Linares en autos caratulados: "Linares Miguel Angel c/ Cerra Jorge Enrique s/ Accidente de Trabajo" Expte. nº 74/11 en trámite por ante la Cámara del Trabajo de Viedma, hasta cubrir la suma de $ 1.633 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 163 que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A cuyo fin ofíciese.-
Sin perjuicio de ello, manifiéstese respecto al embargo decretado a fs. 8-
Proveyendo a fs. 21:
Agréguese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro