Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38942

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-08

Carátula: CHICO Cesario y PEÑA Maria S/ Sucesión

Descripción: providencvia

General Roca, 8 de junio de 2011.s-

A la intimación solicitada, no ha lugar por no corresponder.-

Líbrese nuevo oficio al Juzgado Civil, Comercial Minería y Sucesiones N° 1 de San Carlos de Bariloche, haciéndole saber que el presente es reiterario de los librados el 23 de abril de 2010 N° 483 y el 16 de diciembre de 2010 N° 2457.-

Téngase presente la persona facultada para su retiro, haciéndole saber que deberá acompañar la respectiva constancia de recepción.-

Sin perjuicio de lo informado a fs. 54/5, líbrese oficio a la Secretaría de Tierras, Colonias y Asesoramiento Técnico Institucional a fin de que informen sobre lo requerido y acompañen los registros que se encuentren en su poder, en el término de veinte días y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C..-

Téngase presente la ratificación efecuada.-

Líbrese oficio a la Dirección de Catastro de la Provincia de Río Negro y a la Municipalidad de General Roca, a fin de que informen sobre lo requerido en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del .CP.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro