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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40711
Fecha: 2011-06-07
Carátula: PASARON Rodrigo c/HIDALGO Claudio Fabian S/ Desalojo Anticipado
Descripción: homologación//regula honorarios
General Roca, 07 de junio de 2011.s-
Proveyendo a fs. 67 y 68: Homológase con fuera de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 66.-Not.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios de la Dra. Bárbara Sanchez Pulgar en $ 560.- , los del Dr. Luis Ancalao Pulgar en $ 560.- , los del Dr. Rodrigo Romera Bueno en $ 560.- y los de la Dra. Flavia Rojas en $ 1.680.- (M.B. $ 12.000.- art. 26 Ley N° 2212 ).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro