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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40980
Fecha: 2011-06-07
Carátula: MUNICIPALIDAD GENERAL ROCA c/UGARTE Celia s/sucesion S/ Legítimo Abono
Descripción: INICIO
General Roca, 07 de junio de 2011.g
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante este Juzgado y Secretaria, tramitan los autos caratulados: "UGARTE Celia Felisa s/ Sucesión" (40.701-11), en los cuales a fs. 27 obra declaratoria de herederos de donde surge que por fallecimiento de Celia Felisa Ugarte le sucede en caracter de unico y universal heredero su hijo Julio Enrique CHRIFTMAN y UGARTE, quien se domicilia en Tres Arroyos 736 de esta ciudad, constituyendo domicilio junto a su letrado patrocinante Dr. Hugo Edgardo Gatti en Buenos Aires 1.325 de esta ciudad.-
Secretaría, 07 de junio de 2011-g
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 07 de junio de 2011.-g
Del presente incidente de legitimo abono, córrase traslado a los por el término de CINCO días.- Notifiquese con entrega de copias en el domicilio constituido.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Déjese constancia en el sucesorio, de la iniciación de los presentes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro