Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40689

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-07

Carátula: ARRASTUA Bernardo y ANTOLINI Dalia Maria S/ Sucesión

Descripción: Deja sin efecto

//neral Roca, 07 de junio de 2011.-j

Advirtiéndose en este estadio que el expte. denunciado a fs. 13 vta. no es el agregado por cuerda, déjase sin efecto el llamado a autos para resolver.-

Líbrese oficio al Juzgado Civil 9 a fin de que remita la causa "ANTOLINI DALIA MARIA s/Sucesión" (Expte. 280-II-95).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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