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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40689
Fecha: 2011-06-07
Carátula: ARRASTUA Bernardo y ANTOLINI Dalia Maria S/ Sucesión
Descripción: Deja sin efecto
//neral Roca, 07 de junio de 2011.-j
Advirtiéndose en este estadio que el expte. denunciado a fs. 13 vta. no es el agregado por cuerda, déjase sin efecto el llamado a autos para resolver.-
Líbrese oficio al Juzgado Civil 9 a fin de que remita la causa "ANTOLINI DALIA MARIA s/Sucesión" (Expte. 280-II-95).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro