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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38945
Fecha: 2011-06-03
Carátula: TARRUELLA Elba y Otras c/TARRUELLA Roberto y otros S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)
Descripción: Clausura //A defensoria
//neral Roca, 03 de junio de 2011.-j
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que no existe en autos prueba pendiente de producción.-
Asimismo, teniendo a la vista los autos "LOPEZ NATIVIDAD s/SUCESION" (Expte. Nro. 31.724-J9-08), a fs. 35 obra resolución declarando como únicos y universales herederos de Natividad López a HORTENSIA, ROSA y ELBA, todas de apellidos TARRUELLA y LOPEZ.-
Secretaría, 03 de junio de 2011.-j
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 03 de junio de 2011.-j
Téngase presente la certificación que antecede.-
Clausúrase el período probatorio. Not.-
Previo a cualquier otra petición, intímase a las actoras para que en el plazo de dos días ratifiquen las gestiones efectuadas por su letrada patrocinante, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 48 del CPC. Not.-
Asimismo, se hace saber que se deberá concluir con el trámite del beneficio de litigar sin gastos que tramita por ante este mismo Tribunal.-
Pasen los presentes a la Defensora de Ausentes (Dra. Silfeni).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro