include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40314
Fecha: 2011-06-03
Carátula: BELLO María Emilia c/MARTINEZ Jonatan Marcelo S/ Ejecución Convenio
Descripción: Regulación/Sent. 508
//neral Roca, 03 de JUNIO de 2011.=
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "Bello María Emilia C/Martinez Jonatan Marcelo S/EJECUCION DE CONVENIO " (Expte. N* 40.314).-
CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,
b) Que el demandado no opuso excepción en término,
Por ello,
RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra JONATAN MARCELO MARTINEZ----------- por la suma de $ 6.000.- con más sus intereses y costas.-
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Regulo los honorarios de la Dra. Paola Certutti en la suma de $ 540.- (M.B. $ 6.000.- arts. 6, 7 y 33 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro