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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0255/2009
Fecha: 2011-06-01
Carátula: GALAN HORACIO DANIEL C/ HSBC BANK ARGENTINA S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA
EXPTE. Nº 0255/2009.-
CARATULA: GALAN HORACIO DANIEL C/ HSBC BANK ARGENTINA S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, junio de 2.011.-
Atento lo peticionado y toda vez que la parte demandada no ha instado la producción de la prueba informativa al Departamento archivo del HSBC Bank y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 88, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
En consecuencia y atento a lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que deberá culminarse el trámite de beneficio de litigar sin gastos.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro