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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40797
Fecha: 2011-06-01
Carátula: SAN SEGUNDO Jorge c/ACOSTA Lidia Ester S/ Desalojo
Descripción: no ha lugar
General Roca, 1 de junio de 2011.s-
A lo solicitado, no ha lugar, hágase saber que sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 18 de la C.N., y demás normas invocadas, es de aplicación en el caso concreto, lo dispuesto por el art. 679 y concordantes del C.P.C. y por ello se debe cumplir con los tributos que determina el código fiscal.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro