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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00416-048-11
Fecha: 2011-05-30
Carátula: DEFENSOR DEL PUEBLO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ AMPARO COLECTIVO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00416-048-11
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 30 DE MAYO DE 2011.-
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “DEFENSOR DEL PUEBLO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE c/MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE s/ AMPARO COLECTIVO”, expte. nro. 00416-048-2011 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - - por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Declarar la competencia de esta Cámara para entender en el amparo de referencia.
2do.) previo a todo, córrase traslado al sr. Intendente Municipal del amparo en cuestión, por el término de 48 hs., mediante cédula y con copia de fs. 2 a 48, bajo apercibimiento de resolver con las constancias de la causa.-
3ro.) a la medida cautelar peticionada: oportunamente.
4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro