Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00416-048-11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-30

Carátula: DEFENSOR DEL PUEBLO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ AMPARO COLECTIVO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00416-048-11

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 30 DE MAYO DE 2011.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “DEFENSOR DEL PUEBLO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE c/MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE s/ AMPARO COLECTIVO”, expte. nro. 00416-048-2011 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - - por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Declarar la competencia de esta Cámara para entender en el amparo de referencia.

2do.) previo a todo, córrase traslado al sr. Intendente Municipal del amparo en cuestión, por el término de 48 hs., mediante cédula y con copia de fs. 2 a 48, bajo apercibimiento de resolver con las constancias de la causa.-

3ro.) a la medida cautelar peticionada: oportunamente.

4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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