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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0783/2009
Fecha: 2011-05-27
Carátula: LEIZA CARLOS RAFAEL S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DENUNCIA BIEN - ORDENA INSCRIBIR
EXPTE. Nº 0783/2009
AUTOS: LEIZA CARLOS RAFAEL S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, mayo de 2.011.-
Tiénese presente el bien denunciado.-
Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción del bien componente del acervo hereditario. En consecuencia, a la autorización peticionada no ha lugar.-
Previamente, deberá acompañarse el certificado de dominio y su condición, de inhibición del causante expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble, valuación fiscal y en base a la misma oblar los aportes y sellados de ley, y cumplir con la ley 869.-
A P
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Poder Judicial de Río Negro