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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0791/2008
Fecha: 2011-05-27
Carátula: ITURBURU GREGORIO CESAR S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULA HONORARIOS - INSCRIPCION TRACTO ABREVIADO
EXPTE. Nº : 0791/2008.-
CARATULA: ITURBURU GREGORIO CESAR S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, mayo de 2.011.-
Al escrito de fs. 143:
Agréguese.-
Tiénese presente la conformidad manifestada por la Dirección General de Rentas con los sellados de ley oblados.-
Asimismo, óblese la suma de $ 699,88 en concepto de aportes al Colegio de Abogados.-
Al escrito de fs. 144:
Tiénese presente la aclaración efectuada.-
Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Guillermina Maxwell Allende, en la suma de $ 38.493,56 (coef. 11 % del 50 % -MB: $ 699.883,05-valuación fiscal obrante a fs. 138- arts. 8 y 25 ley G 2212). Notifíquese.-
En consecuencia, déjase sin efecto la audiencia fijada a fs. 141.-
Al escrito de fs. 146:
Agréguese.-
Sin perjuicio de la conformidad manifestada con la fianza ofrecida y habiéndose efectuado el aporte correspondiente, córrase vista a la Caja Forense.-
Atento el estado de autos, lo peticionado a fs. 143 y previo pago del aporte correspondiente al Colegio de Abogados, inscríbase la declaratoria de herederos respecto del bien inmueble en cuestión por el sistema de tracto abreviado, autorizándose a la escribana María Gabriela Benito a intervenir en su instrumentación y al retiro de las actuaciones.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro