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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40522
Fecha: 2011-05-26
Carátula: LUCERO Cirilo S/ Sucesión
Descripción: DECLARATORIA-Agrega oficio
agrega oficio del ANSES
//neral Roca, 26 de MAYO de 2011.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "LUCERO CIRILO S/SUCESION" (Expte. Nro. 40.522).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Cirilo Lucero ocurrido el 08 de octubre de 2010 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 2.
El nombrado se encontraba divorciado de Eva Aurora Nuñez de cuya unión nació:
Ignacio Raúl Lucero: el 15 de septiembre de 1973 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 3.
Al momento de su fallecimiento el causante se encontraba unido en segundas nupcias con Felicinda Tropan, por acto celebrado el 09 de octubre de 1998 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 18, de cuya unión no nacieron hijos.-
A fs. 5 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 9 y 50 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 34/39 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de CIRILO LUCERO, le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo IGNACIO RAUL de apellido LUCERO y NUÑEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite FELICINDA TROPAN sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro