Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40522

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-26

Carátula: LUCERO Cirilo S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA-Agrega oficio

agrega oficio del ANSES

//neral Roca, 26 de MAYO de 2011.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "LUCERO CIRILO S/SUCESION" (Expte. Nro. 40.522).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Cirilo Lucero ocurrido el 08 de octubre de 2010 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 2.

El nombrado se encontraba divorciado de Eva Aurora Nuñez de cuya unión nació:

Ignacio Raúl Lucero: el 15 de septiembre de 1973 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 3.

Al momento de su fallecimiento el causante se encontraba unido en segundas nupcias con Felicinda Tropan, por acto celebrado el 09 de octubre de 1998 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 18, de cuya unión no nacieron hijos.-

A fs. 5 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 9 y 50 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 34/39 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de CIRILO LUCERO, le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo IGNACIO RAUL de apellido LUCERO y NUÑEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite FELICINDA TROPAN sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro