Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0735/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-23

Carátula: COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA (CMZA) C/ PICININI ANA IDA Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: HERNAN LINARES ( Propio Derecho)

Domicilio: A. BARROS 570 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA (CMZA) C/ PICININI ANA IDA Y OTROS S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0735/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 18 de mayo de 2.011.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Rechazar la demanda interpuesta a fs. 8/15 por el Colegio Médico Zona Atlántica contra los Sres. Ana Piccinini y Hernán Linares .- -.II. Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1º C.Pr.).- -.III. Regular los honorarios del Dr. Manuel Castañeda en la suma de $ 24.000 (coef. 12 %), los del Dr. Hernán Linares en la suma de $ 24.000 (coef. 12 %), los del Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 7.467 (coef. 1/3 del 8 % + 40 %) y los de Dres. Gustavo Adrián Martínez y Mauricio Luis Merlotti, en forma conjunta, en la suma de $ 7.467 (coef. 1/3 del 8 % + 40 %) -MB: $ 200.000-. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.- -.IV. Regular los honorarios por la incidencia de fs. 55 para el Dr. Hernán Linares en la suma de $ 2.200 (coef. 10 % del 11 %) y los del Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 1.960 (coef. 10 % del 7 % + 40 %). Por la incidencia de fs. 86/88 por el punto I para el Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 3.080 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) y los del Dr. Manuel Castañeda en la suma de $ 1.400 (coef. 10 % del 7%), por el punto II para el Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 3.080 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) y por el punto III para el Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 3.080 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) y los del Dr. Manuel Castañeda en la suma de $ 1.400 (coef. 10 % del 7%). Y por la incidencia de fs. 175/176 para el Dr. Hernán Linares en la suma de $ 2.200 (coef. 10% del 11 %), los del Dr. Manuel Castañeda en la suma de $ 2.200 (coef. 10 % del 11 %) y los de los Dres. Gustavo Adrián Martínez y Mauricio Luis Merlotti, en conjunto, en la suma de $ 1.960 (coef. 10 % del 7 % + 40%). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- -.V. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, mayo de 2.011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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