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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0022/2009
Fecha: 2011-05-20
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ DRUJERA LIRIA MARY S/ EJECUTIVO
Descripción: cancelado crédito - saldo remanente demandada
EXPTE. Nº 0022/2009
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ DRUJERA LIRIA MARY S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2.011.-
Tiénese presente la denuncia efectuada.-
Surgiendo del informe obrante a fs. 31/33 que se ha efectivizado en su totalidad el embargo decretado en autos no corresponde su levantamiento.-
En consecuencia, hágase saber a la demandada Liria Mary Drujera la existencia de fondos remanentes. Notifíquese.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro