Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0022/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-20

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ DRUJERA LIRIA MARY S/ EJECUTIVO

Descripción: cancelado crédito - saldo remanente demandada

EXPTE. Nº 0022/2009

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ DRUJERA LIRIA MARY S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2.011.-

Tiénese presente la denuncia efectuada.-

Surgiendo del informe obrante a fs. 31/33 que se ha efectivizado en su totalidad el embargo decretado en autos no corresponde su levantamiento.-

En consecuencia, hágase saber a la demandada Liria Mary Drujera la existencia de fondos remanentes. Notifíquese.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro