Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40946

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-20

Carátula: CASTRO Jonathan Jose S/ Amparo (Salud Publica)

Descripción: providencia- oficios

General Roca, 20 de mayo de 2011.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agreguese la documentación acompañada.-

Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requierase a SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia lÍbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si el paciente JONATHAN JOSE CASTRO, ha sido internado en dicho nosocomio derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- Si el médico tratante es el Dr. JAVIER FARIAS.-

3.- Si las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de protesis

5.- Si el medico tratante ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

Asimismo librese oficio al Dr. Javier Farias a fin de que informe:

1.- Si atiende al paciente JONATHAN JOSE CASTRO, derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- En caso afirmativo, diagnostico y tratamiento aconsejado.-

3.- Si las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro, de conformidad con lo expresado por su madre en el recurso de amparo.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de protesis

5.- Si ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

Asimismo librese oficio al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, a fin de que informe:

1.- Si hay antecedentes en dicho ministerio que el paciente JONATHAN JOSE CASTRO, ha sido internado en el Hospital de General Roca, derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- Que el médico tratante es el Dr. JAVIER FARIAS.-

3.- Que las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro, de conformidad con lo descripto por su madre en el recurso de amparo.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de prótesis

5.- Si el médico tratante ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 20 de mayo de 2011.-

Al

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE

RIO NEGRO

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 1196

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CASTRO Jonathan Jose S/ Amparo (Salud Publica)" (Expte. 40946) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe en relacion al menor JONATHAN JOSE CASTRO (DNI 34.667.255), los siguientes requerimientos en el plazo de 48 horas.-

1.- Si hay antecedentes en dicho ministerio que el paciente JONATHAN JOSE CASTRO, ha sido internado en el Hospital de General Roca, derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- Que el médico tratante es el Dr. JAVIER FARIAS.-

3.- Que las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro, de conformidad con lo descripto por su madre en el recurso de amparo.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de prótesis

5.- Si el médico tratante ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 20 de Mayo de 2011- ... líbrese oficio al Hospital local... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 20 de mayo de 2011.-

Al

DR. JAVIER FARIAS

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 1195

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CASTRO Jonathan Jose S/ Amparo (Salud Publica)" (Expte. 40946) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe en relacion al paciente JONATHAN JOSE CASTRO (DNI 34.667.255), los siguientes requerimientos en el plazo de 48 horas.-

1.- Si atiende al paciente JONATHAN JOSE CASTRO, derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- En caso afirmativo, diagnostico y tratamiento aconsejado.-

3.- Si las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro, de conformidad con lo expresado por su madre en el recurso de amparo.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de protesis

5.- Si ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 20 de Mayo de 2011- ... líbrese oficio al Hospital local... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 20 de mayo de 2011.-

A

SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE

RIO NEGRO

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 1194

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CASTRO Jonathan Jose S/ Amparo (Salud Publica)" (Expte. 40946) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación del paciente JONATHAN JOSE CASTRO (DNI 34.667.255), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además del amplio informe deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si el paciente JONATHAN JOSE CASTRO, ha sido internado en dicho nosocomio derivado por el Hospital de Choele Choel.-

2.- Si el médico tratante es el Dr. JAVIER FARIAS.-

3.- Si las lesiones que presenta el paciente son fractura de cadera, fractura de pelvis, fractura de pierna derecha, separación de las vertebras de la columna vertebral a la altura de la cadera y fractura de sacro.-

4.- Si el Dr. Javier Farias ha solicitado la provisión de protesis

5.- Si el medico tratante ha solicitado la derivación a Buenos Aires a un centro de mayor complejidad.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 20 de Mayo de 2011- ... líbrese oficio al Hospital local... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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