Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0293/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-29

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ FORO ENZO Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: DECLARA REBELDIA

EXPEDIENTE N° 0293/2004

AUTOS: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ FORO ENZO Y OTRA S/ ORDINARIO

Viedma, diciembre de 2.003.-

Conforme lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en autos e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado a los accionados para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubieren efectuado, désele por decaído el derecho que para hacerlo tenían, en consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el artículo 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárese rebelde en juicio a los demandados, Sres. Enzo Foró y Norma Mabel Tinturé.-

Notifíquesele esta providencia en la forma prevista por la citada disposición legal.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro