include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0515/92/6
Fecha: 2005-12-29
Carátula: CANO BELLA ROSA S/ EJECUCION DE HONORARIOS EN LOS AUTOS CARATULADOS: SANANES JACOBO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: ARCHIVO PARALIZADO C/ CF RES. 53/05
EXPTE. Nº 0515/92/6
CARATULA: CANO BELLA ROSA S/ EJECUCION DE HONORARIOS EN LOS AUTOS CARATULADOS: SANANES JACOBO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
*10000932*
Viedma, diciembre de 2.005.-
Atento el estado de autos y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 53/05, decrétase la paralización de las presentes actuaciones y cumplidos los requisitos exigidos por el art. 105 del Reglamento del Archivo, remítanse al mismo.-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, trans- curridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro