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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39219
Fecha: 2011-05-18
Carátula: SAMUR Blanca Nelly S/ Sucesión Testamentaria
Descripción: Autorización a escriturar
//neral Roca, 18 de mayo de 2011.-j
Al punto I, téngase presente.-
No siendo facultad de la suscripta ordenar que la transferencia sea por tracto abreviado sino que corresponde que la decida el escribano interviniente quien estudia los títulos, a lo solicitado no ha lugar por no corresponder.-
Al punto II, téngase presente.-
Al punto III, autorízase al Sr. JORGE HECTOR SAMUR (DNI 14.169.190), a que en nombre y representación de esta sucesión, proceda a la suscripción de la escritura traslativa de dominio correspondiente a los inmuebles DC 05-1-U-006-01 y 05-1-U-006-02, por intermedio del Escribano Agustín F. Llanos, suscribiendo toda la documentación pública y/o privada que fuere menester, todo con oportuna y documentada rendición de cuentas. Expídase testimonio.-
Delégase al Escribano interviniente la facultad de requerir los respectivos certificados y libres deuda de los inmuebles cuya autorización se ordena precedentemente.-
Al punto IV, téngase presente y atento el dictamen de fs. 46, téngase por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación en los presentes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro