Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31475III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-29

Carátula: CAVERZAN GINO B. C/CLEMENTIS José A. y Otro S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 29 de Diciembre de 2005.-

Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el demandado Sr. JOSE A. CLEMENTIS por haberes, comisiones y por cualquier otro concepto del Sr. JOAQUIN ACEVEDO a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas fijadas a fs. 59 (capital más costas).-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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