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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31475III
Fecha: 2005-12-29
Carátula: CAVERZAN GINO B. C/CLEMENTIS José A. y Otro S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 29 de Diciembre de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el demandado Sr. JOSE A. CLEMENTIS por haberes, comisiones y por cualquier otro concepto del Sr. JOAQUIN ACEVEDO a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas fijadas a fs. 59 (capital más costas).-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro