include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37015
Fecha: 2005-12-29
Carátula: CASTILLO SILVA Sonia del Pilar C/MADUEÑO GALLEGO Mirian Eve S/ Sumario
Descripción: Regulación-a RENTAS
//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2005.=
Téngase presente el acuerdo suscripto por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia. NOT.
Regulo los honorarios de la Dra. Graciela Tempone en $1.100.- Dr. Hernán Mones en $1.100.- Norma Gutierrez en $1.100.- Dr. José Gabriel Perez en $3.300.-(M.B. $ 55.000.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Oportunamente pasen en vista a RENTAS.
A lo demás peticionado, estése al cumplimiento de Caja Forense y Rentas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro