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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33442III
Fecha: 2005-12-29
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/SEGURA José S/ Ejecutivo (Reconstrucción)
Descripción: inhibiciones reinscrip.-cedula-testimonio-mandam. osbervado
Mandam. observado no es de toma de posesión
cedula al demandado notifica embargo del dominio.
Testimonio autoriza a compensar
//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2005.=
Procédase a la reinscripción de las inhibiciones decretadas en contra del demandado a cuyo fin líbrese oficio a los Registros de Propiedad del Inmueble y Automotor correspondiente.
Al punto II, a los fines peticionados, líbrese oficio a la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor.
Atento los argumentos expuestos en autos SCOTIABANK QUILMES S.A. c/ CABUTTI RUBEN JOAQUIN s/ EJECUTIVO (Expte 32730-III-00), a lo solcitud de oficio al Banco Central no ha lugar.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro