Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14189-154-07

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-16

Carátula: BALEST FABIO ARGENTINO / S/ QUIEBRA

Descripción: ACLARATORIA

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14189-154-07

Tomo:3

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de Mayo de 2011.

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “BALEST FABIO ARGENTINO S/ QUIEBRA", expte. nro.14189-154-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 1599/1600 se ha incurrido en error material en el punto 1ro. de la parte resolutiva, ya que donde dice "Confirmar las regulaciones de fs. 1157 y vta" debe decir “Confirmar las regulaciones de fs. 1557 y vta.".

- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) ACLARAR que a fs. 1600 de los presentes autos, donde dice “Confirmar las regulaciones de fs. 1157”, debe decir “Confirmar las regulaciones de fs. 1557”.-

- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-

EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO LUIS MARIA ESCARDO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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