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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0401/2009
Fecha: 2011-05-13
Carátula: ALDAO OLCESE JOSE RAUL S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONOR. BIEN GANANCIAL - 1 BIEN 1 PROF.
EXPTE. N° 0401/2009
CARATULA: ALDAO OLCESE JOSE RAUL S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, mayo de 2011.-
Tiénese presente lo manifestado.-
Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. María Lucrecia Rodrigo, en la suma de $ 3.396 (coef. 11 % del 50 % + 50 %) por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a la respectiva inscripción (MB: $ 41.160,83 -valuación fiscal- (arts. 8, 10 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
En su mérito déjese sin efecto la audiencia fijada a fs. 214.-
A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo a partir de fs. 205.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro