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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40496
Fecha: 2011-05-13
Carátula: LEIVA Pedro Antonio c/ALARCON Juana Rosa y Otros S/ Desalojo (Art. 679 CPC)
Descripción: Certificación prueba
//neral Roca, 13 de mayo de 2011.-j
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "LEIVA Pedro Antonio c/ALARCON Juana Rosa y Otros S/ Desalojo (Art. 679 CPC)" (Exp. Nro. 40496), el término probatorio se encuentra vencido, habiéndose producido de la prueba ofrecida por la actora, la Confesional de Juana Rosa Alarcón, Marcelo Leiva y Matías Leiva; Testimonial de Mario Alarcón, Carlos Arriegada y Eduardo Yanquinao (fs. 47).-
Resta de producirse de la prueba ofrecida por la actora la Instrumental al Juzgado Civil 1 (Expte. 409-I-05).-
Secretaría, 13 de mayo de 2011.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 13 de mayo de 2011.-j
De la certificación que antecede vista a las partes.-
Para solicitar la remisión del expte. 409-I-05, líbrese oficio al Juzgado Civil 1.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro