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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40267
Fecha: 2011-05-12
Carátula: MORENO Elba Noemi c/PALAVECINO Susana del Pilar S/ Ordinario
Descripción: Acta Preliminar
Autos: "MORENO Elba Noemi c/PALAVECINO Susana del Pilar S/ Ordinario" (Expte. Nro. 40267)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 12 de mayo de 2011, a las 8.30 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. Noelia Nerina Vázquez como apoderada de la Sra. ELBA NOEMI MORENO con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Daniel Alejandro Arce. Por la Sra. SUSANA DEL PILAR PALAVECINO se presenta certificado médico con la constancia de la imposibilidad de concurrir que se agrega en autos. Asiste como gestor procesal de la Sra. Palavecino el Dr. Gustavo Ariel Torres, gestión que deberá ratificar oportunamente. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: Elementos que determinarían derechos obtenidos en favor de una u otra parte sobre el inmueble objeto de este juicio, diligencias realizadas en el Municipio, decisiones del organismo referentes al derecho que prevalece en la actualidad, y gestiones que indiquen si se ha dejado sin efecto algún derecho reconocido a las partes. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 31 de AGOSTO de 2011 a las 8.30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 49 y vta., A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado Civil 1 para solicitar la remisión Expte. 97/2006.- A LA INFORMATIVA: Líbrese oficio a la Municipalidad Gral. Roca, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones SUSANA DEL PILAR PALAVECINO, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.- A LA INSPECCIÓN OCULAR: No ha lugar.- PARA EL MANDAMIENTO DE CONSTATACIÓN: Fíjase sorteo de martillero para el día 20 de MAYO de 2011 a las 10 horas. Notifíquese al Colegio de Martilleros.- Proveyendo la prueba ofrecida por la demandada a fs. 65/66, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente..- A LA CONFESIONAL: Para absolución de posiciones ELBA NOEMI MORENO, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.- A LA INSTRUMENTAL: Líbrense oficios para solicitar la remisión de exptes. al Juzgado Civil 1 (Expte. 97-2006); al Juzgado Civil 9 (Expte. 30297-JC9-05 -Interdicto de Retener-); Municipalidad Gral. Roca (Exptes. Administrativos 17298-04, 193070-05).- No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro