Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23421/08

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-11

Carátula: LOPEZ, DANIEL OMAR Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO Ley B Nº 2779

Descripción: Sentencia ced.

///MA, 11 de mayo de 2011.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “LOPEZ, DANIEL OMAR Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO Ley B Nº 2779" (Expte. N° 23421/08-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A fs. 11/20 el señor Daniel Omar López y otros, vecinos de San Antonio Oeste interponen un amparo colectivo con el objeto que se ordene detener las obras iniciadas el 24.11.09 para la construcción/excavación de una o más piletas con agua de mar en la restinga de una playa ubicada en el Balneario Las Grutas, municipio de San Antonio Oeste.- - - - - - - - - - - - - - - - -----Acreditada su legitimación, a fs.31 se dió curso a la acción deducida, requiriéndose los informes pertinentes.- - - - - - -----A fs. 72/78 a través de Apoderada, la Municipalidad de San Antonio Oeste, contesta la acción e informa al respecto.- - - - -----A fs. 106/107 se celebró la audiencia prevista por el art.16 de la Ley B N° 2779, en la cual, los amparistas, el Presidente del CODEMA y el Municipio de San Antonio Oeste: " ... arriban a los siguientes términos de conciliación: a) se reconoce la necesidad de aplicación de la normativa de estudio de impacto ambiental y la adecuación a ella de la actual situación de la obra realizada, que se dio por terminada y no continuará.- b) Para esa aplicación, la tramitación se hará en el ámbito administrativo del CODEMA, con intervención de la autoridad local de conservación y oyendo a los amparistas, a fin de acordar los términos de referencia de los estudios a realizar por el municipio de San Antonio, dentro de plazos razonables acordar con el CODEMA, quien oficiará de autoridad de esa aplicación con las atribuciones que le son propias según la legislación específica.- c) El CODEMA revisará y proyectará la eventual ampliación de la dotación de Guardias Ambientales en la jurisdicción de la

Municipalidad de san Antonio, sin rehusamiento y ajustándolas a sus posibilidades presupuestarias.- d) Los amparistas unificaran su representación en cuanto a la gestión de lo aquí conciliado para un mejor encausamiento del trámite administrativo.- e) Dentro de los noventa (90) días las partes presentarán un informe en conjunto y final, con consenso o discensos, a efectos de resolver o dar por concluidas y archivar estas actuaciones del "mandamus" por la vía de la Ley B 2779.".- - - - - - - - - - - --

-----Que a fs. 115 en fecha 19.08.09, se intima a las partes para que en el término de cinco (5) días hábiles presenten informe a los fines de resolver las presentes actuaciones, notificados a fs. 116, 117 y 118.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A fs. 129 y acorde lo peticionado por el accionante y la apoderada del Municipio de S.A.O., se concede una prórroga de treinta (30) días para su presentación, debidamente notificados a fs.130,131 y 132 en fecha 03.09.09.- - - - - - - - - - - - - - -

-----Agregadas las cédulas de notificación el día 04.09.09, y teniendo en cuenta que dicha actuación es la última que impulsa el trámite principal y data de la precitada fecha, habiendo transcurrido los plazos prescriptos por el art. 310 inc. 1º, 311 y 316 del Cód.Proc.Civ.y Com., corresponde declarar la caducidad de la instancia en el presente proceso. Con costas en el orden causado, atento la particularidad del presente caso y el acuerdo conciliatorio arribado en la audiencia celebrada en autos.(art.68 2do.pá. CPCyC.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Declarar la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones. Con costas en orden causado (art.68 2do.pá. Cód.Proc.Civ.y Com.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ LUIS LUTZ JUEZ ALBERTO I.BALLADINI JUEZ EN ABSTENCIÓN ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

DATOS DE PROTOCOLIZACION: Tº I Se.Nº 36 Fº 182/184 Sec.Nº 4.-

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