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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0897/2007
Fecha: 2011-05-10
Carátula: CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SANTIAGO JORGE RUBEN S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: NOT. LEY 869 EXPTE. ARCHIVO intima profesionales
C E D U L A
Señor: Dres. Danilo Javier Vega - Pablo Montenegro
Domicilio: Schieroni 338 (Constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SANTIAGO JORGE RUBEN S/ DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 0897/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo 10 de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de mayo de 2011.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro