Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0056/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-06

Carátula: LOPEZ MAXIMILIANO C/ CALVO ZULMA FABIANA S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

___________

C E D U L A

Señor: Dr. JOSE ALBERTO APHAL

Domicilio: LAPRIDA Nº 292 NIVEL -1 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LOPEZ MAXIMILIANO C/ CALVO ZULMA FABIANA S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0056/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, mayo de 2.011.- Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber al Dr. José Alberto Aphal que el plazo de diez (10) días deberá abonar los gastos causídicos liquidados a fs. 51 bajo apercibimiento. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de mayo de 2011.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro