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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39625
Fecha: 2011-05-06
Carátula: ZAMBRANO Pedro Sebastián c/VELAZQUEZ Santiago y otra S/ Ordinario
Descripción: Homologación y Regulación
//neral Roca, 06 de mayo de 2011.-j
Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados a favor de los letrados de la parte demandada.-
Regulo los honorarios del Dr. Tomás Rodríguez en la suma de $ 2.700.-, del Dr. Tomás Alberto Rodriguez en $ 6.750.-, del perito accidentólogo Francisco José Giambirtone en $ 2.500.- (pericia de fs. 204/32 y 249/56), del perito médico Hugo Rujana en $ 2.500.- (pericia de fs. 302/08), de la perito psicóloga Luciana Paola Gonzalez en $ 1.500.- (pericia de fs. 297 y vta.) (MB: $75.000.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Déjase constancia que se entiende que en el punto 4) se refiere al actor Pedro Sebastián Zambrano y no "Velasquez" como se indica.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro