Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40587

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-06

Carátula: LEIVA Pedro Antonio c/ALARCON Juana Rosa y Otros S/ Interdicto de Recobrar

Descripción: Preliminar (SUMARISIMO)

Autos: "LEIVA Pedro Antonio c/ALARCON Juana Rosa y Otros S/ Interdicto de Recobrar" (Expte. Nro. 40587)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 6 de mayo de 2011, a las 9.30 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, Pedro Antonio Leiva con la asistencia de su letrada patrocinante Dra. María Cecilia Evangelista, la Sra. Juana Rosa Alarcón, el Sr. Marcelo Leiva y Matías Leiva con la asistencia de sus letrados patrocinantes Dr. Oscar Pablo Hernández. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se determinan los hechos controvertidos que consisten en: posesión efectiva del inmueble identificado como "La Bomba" ubicado en legua "a", lote 20, fracción B, sección XXVI de General Roca, grupo que ocupó durante los últimos años el inmueble, causas que pudieron alejar al actor de dicho predio, existencia de bienes de los cuales se servían sus ocupantes, animales, mobiliarios, motor de agua, etc, pertenecia de los mismos. Antecedentes que puedan incidir en favor de una u otra parte para sustentar el derecho a la ocupación. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta el día de la audiencia de prueba la que se fija para el día 28 de julio a las 8,30 hs. y 29 de julio a las 9,30 hs de 2011 de lo que quedan las partes notificadas en este acto.

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 5,

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Juana Rosa Alarcón, Marcelo Leiva y Matías Leiva estése a la audiencia de prueba fijada para el día 29 de julio de 2011 a las 9,30 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Adrián Berdugo, Mario Alarcón, Carlos Arriegada y Eduardo Yanquinao, fíjase como primera audiencia la del día 28 de julio a las 8,30 hs. y para la declaración de Sixto Oscar Galdame, estése a la audiencia fijada para el día 29 de julio a las 9,30 y haciéndose saber a los mismos que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes . Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas..-

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada fs. 8,

CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Pedro Antonio Leiva estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente para el día 29 de julio a las 9,30 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Roberto Benitez, Ubaldino Mendosa,Jorge Parra y Miguel Miranda, fíjase la audiencia del 28 de julio a las 8,30 hs. y para la declaración testimonial de Hugo Parra estése a la audiencia del 29 de julio de 2011 a las 9,30 hs.,y haciéndose saber a los mismos que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes . Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas..-No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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