Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0292/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-04

Carátula: PEREZ CLAUDIO NAIM C/ PEREZ VICENTE BENITO S/ EJECUTIVO

Descripción: no ha lugar embargo

EXPTE. Nº 0292/2010

CARATULA: PEREZ CLAUDIO NAIM C/ PEREZ VICENTE BENITO S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2.011.-

Proveyendo a fs. 61:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 62:

Por contestado el traslado conferido a fs. 60.-

Teniendo especialmente en cuenta las razones expuestas por la parte actora, toda vez que la demandada no ha acreditado que el crédito reclamado se encuentre asegurado con el embargo del inmueble en cuestión y no surgiendo de las constancias de la causa que hayan ingresado fondos por el embargo de las cuentas bancarias, al pedido de levantamiento de embargo, en este estado, no ha lugar.-

Rosana Calvetti

Juez

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