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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0226/2011
Fecha: 2011-05-04
Carátula: DAURADE MARIO ALBERTO C/ BERBEL MAURO FERNANDO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia
EXPTE. No. 0226/2011
CARATULA: DAURADE MARIO ALBERTO C/ BERBEL MAURO FERNANDO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, mayo de 2.011.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que los argumentos vertidos por el recurrente a fs. 26 no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 25, ello por cuanto más alla de que la excepción haya sido interpuesta como de fondo debe conferirse traslado a la contraria a los fines de que ejerza su derecho de defensa, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro