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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0765/2005
Fecha: 2005-12-27
Carátula: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: INIC.SUMARIO
EXPTE. N° 0765/2005
CARATULA: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, diciembre de 2.005.-
Por presentados, parte y por constituído el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada y toda vez que las restantes copias carecen de validez legal por ser fotocopias simples y estar certificadas por funcionario no competente para tales efectos, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Agréguese por cuerda a las presentes actuaciones los autos caratulados: Bravo Carlos Alberto s/ Beneficio de litigar sin gastos (Expte. n° 764/2005).-
Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a los demandados por el término de 10 días a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previamente deberá acompañar un juego de copias para traslado completo y una copia del escrito de demanda y poder.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse desglosado copias en 11 fojas correspondientes a 4 certificados de nacimiento, documento de identidad, carnet de conductor, formulario de colisión y accidente, constancia de alta (A.R.T), estudio radiológico, resolución n° 2507 y nota de la A.R.T. y de haberse dado cumplimiento con la agregación por cuerda ordenada. Conste.-
Secretaría, diciembre de 2005.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro