Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0765/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-27

Carátula: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: INIC.SUMARIO

EXPTE. N° 0765/2005

CARATULA: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, diciembre de 2.005.-

Por presentados, parte y por constituído el domicilio.-

Agréguese la documental acompañada y toda vez que las restantes copias carecen de validez legal por ser fotocopias simples y estar certificadas por funcionario no competente para tales efectos, devuélvanse las mismas a su presentante.-

Agréguese por cuerda a las presentes actuaciones los autos caratulados: Bravo Carlos Alberto s/ Beneficio de litigar sin gastos (Expte. n° 764/2005).-

Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a los demandados por el término de 10 días a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Previamente deberá acompañar un juego de copias para traslado completo y una copia del escrito de demanda y poder.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse desglosado copias en 11 fojas correspondientes a 4 certificados de nacimiento, documento de identidad, carnet de conductor, formulario de colisión y accidente, constancia de alta (A.R.T), estudio radiológico, resolución n° 2507 y nota de la A.R.T. y de haberse dado cumplimiento con la agregación por cuerda ordenada. Conste.-

Secretaría, diciembre de 2005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro