Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0706/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-03

Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ ROJAS SANDRA CARINA S/ EJECUTIVO

Descripción: NO HA LUGAR NOTIF.BAJO RESP.PARTE ACTORA SENT.MONITORIA

EXPTE. Nº: 0706/2010.-

CARATULA: "GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ ROJAS SANDRA CARINA S/ EJECUTIVO".-

Viedma, mayo de 2011.-

Líbrese cédula de notificación a los fines ordenados en la sentencia dictada en autos.-

Respecto al diligenciamiento de la misma bajo responsabilidad de la parte actora, no ha lugar, debiendo estarse a las disposiciones vigentes para las notificaciones.-

R.B.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro