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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1092/2010
Fecha: 2011-05-03
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ FERNANDEZ PATRICIA SOLEDAD Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS
EXPTE Nº 1092/2010
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ FERNANDEZ PATRICIA SOLEDAD Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2.011.-
Tiénese presente la fianza ofrecida y la conformidad manifestada por el Sr. Representante de la Caja Forense.-
Previo a lo solicitado, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega a fs. 16 no se ha constatado que la codemandada Marcela Fabiana Campos viva en el lugar donde se practicó la diligencia, toda vez que la resolución de fs. 8 y vta. debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro