Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0301/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-05-03

Carátula: ARIAUDO MARIA SOLEDAD C/ VIDELA LUIS HUMBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: LIBREMENTE Y CON EFECTO SUSPENSIVO - honorarios conf. art. 244 del C.Pr.

EXPTE Nº 0301/2008

CARATULA: ARIAUDO MARIA SOLEDAD C/ VIDELA LUIS HUMBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, mayo de 2.011.-

Agréguese la cédula recibida de fs. 424.-

Proveyendo a fs. 425:

Por interpuesto recurso de apelación en tiempo y forma, concédase libremente y con efecto suspensivo. En su oportunidad elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones, sirviendo la presente de atenta nota de envío.-

Al escrito de fs. 426:

Por interpuesto recurso de apelación. Concédase con los alcances del art. 244 del C.Pr..-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro