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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0301/2008
Fecha: 2011-05-03
Carátula: ARIAUDO MARIA SOLEDAD C/ VIDELA LUIS HUMBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: LIBREMENTE Y CON EFECTO SUSPENSIVO - honorarios conf. art. 244 del C.Pr.
EXPTE Nº 0301/2008
CARATULA: ARIAUDO MARIA SOLEDAD C/ VIDELA LUIS HUMBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, mayo de 2.011.-
Agréguese la cédula recibida de fs. 424.-
Proveyendo a fs. 425:
Por interpuesto recurso de apelación en tiempo y forma, concédase libremente y con efecto suspensivo. En su oportunidad elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones, sirviendo la presente de atenta nota de envío.-
Al escrito de fs. 426:
Por interpuesto recurso de apelación. Concédase con los alcances del art. 244 del C.Pr..-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro