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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0153/2009
Fecha: 2011-04-29
Carátula: NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO DEL TRANCITO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Ricardo Javier Lagos
Domicilio: Bº Guido Esc. 37, 2º A - VIEDMA.- (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO DEL TRANCITO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0153/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, abril de 2.011.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 21/23 y condenar a Patricio del Trancito Toledo Quesada, Ricardo Javier Lagos y Liderar Compañía General de Seguros S.A. -en la medida de su cobertura- a abonar al Sr. Ricardo Ernesto Neumann, en el plazo de 10 días, la suma de $ 21.621 en concepto de daño material, privación del uso del vehículo y gastos efectuados y de allí en más los intereses posteriores a la tasa activa hasta su efectivo pago.-II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 ap. 1° C. Pr.) y regular los honorarios del Dr. Gaspar Alejandro Platino en la suma de $ 2.595 (coef. 80 % del 15 %), los de los Dres. José Luis Malaspina y Luis F. Prieto Taberner, en conjunto, en la suma de $ 2.180 (coef. 80 % del 9 % + 40 %) y los del perito accidentológico sr. Carlos Armando Riat en la suma de $ 800 -M.B.: $ 21.621- conf. arts. 6, 7, 8, 9 y conc. Ley G nº 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, abril de 2.011.-
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Poder Judicial de Río Negro