include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0876/2010
Fecha: 2011-04-28
Carátula: LLANQUELEO GRAEN NEDI S/ SUCESION
Descripción: CERTIFICA SUCESION -original-
EXPTE.N°0876/2010.-
CARATULA:LLANQUELEO GRAEN NEDI S/ SUCESION
Viedma, abril de 2.011.-
Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, certifique la Actuaria sobre el vencimiento del término de la publicación de edictos y su resultado. Fecho vuelvan.-
Asimismo atento el estado de autos, constancias de la causa y teniendo en cuenta los datos que surgen del certificado de nacimiento y demás documental obrante en la causa, tiénese por acreditado al sólo efecto de este trámite que Adelina Galvez y Adelinda Galvez son una misma y única persona.-
Rosana Calvetti
Juez
Señora Juez:
Certifico que el término de la publicación de edictos se encuentra vencido y que se han presentado en autos como herederos del causante: su cónyuge Adelinda Galvez quien acredita su vocación hereditaria con la partida de matrimonio obrante a fs. 3. Conste.-
Secretaría, abril de 2.011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, abril de 2.011.-
Atento la certificación que antecede y el pedido de declaratoria de herederos, córrase vista a la Fiscalía de Estado y Ministerio Público Fiscal.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro