Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40711

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-28

Carátula: PASARON Rodrigo c/HIDALGO Claudio Fabian S/ Desalojo Anticipado

Descripción: Fija Preliminar-Vve.p/NOTIFICAR

//neral Roca, 28 de ABRIL de 2011.=

Proveyendo el escrito de f. 54/5, téngase por contestado en legal tiempo y forma por la actora el traslado conferido a fs. 53 y estése a lo allí ordenado en el párrafo 5°.

A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 23 de JUNIO de 2011 a las 8,30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente (art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-

Proveyendo el escrito de fs. 57, agréguese y téngase presente.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro