Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0614/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-27

Carátula: MOYANO CESAR HECTOR C/ MALINSKY ESTEBAN JUSVA S/ USUCAPION

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: CESAR HECTOR MOYANO

Domicilio: RIVADAVIA 65 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MOYANO CESAR HECTOR C/ MALINSKY ESTEBAN JUSVA S/ USUCAPION ", Expte. Nº 0614/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, abril 19 de 2.011.- ... a los fines de que los Sres. Hugo Chazarreta, Julio César Villalva y Héctor Oscar Rojas comparezcan a prestar declaración testimonial, fíjase audiencia para el día 18 de mayo de 2011 a las 9, 9,30 y 10 horas respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 26/05/11 en el mismo horario. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de abril de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro