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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25329III
Fecha: 2005-12-27
Carátula: MARESSA María C. c/REBASTI Claudio y O. S/ Sumario
Descripción: clausura
General Roca, 27 de diciembre de 2.005.-
Téngase presente lo manifestado y déjese sin efecto lo proveido a fs. 759, última parte.-
Téngase por desistida la prueba faltante (Confesional de Claudio Rebasti, Informativa a Ortopedia Piraino, Norberto Altamirano, Colegio Farmacéuticos y al Cuerpo Médico Forense Nacional-Morgue Judicial y la pericial fisioterapéutica) y téngase por realizada la informativa a Federico Gallo,y Laboratorios Farmacéuticos) y por realizada la Confesional de Clínica Roca.-
Atento las constancias de autos, clausúrese el término probatorio. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro