Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15262-162-09

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-26

Carátula: LOURENCO CONCEPCION / CALAROTA JOSE S/ DIVORCIO CONTRADICTORIO

Descripción: Interlocutoria Aclaratoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15262-162-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

15

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 26 DE ABRIL DE 2011.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “LOURENCO CONCEPCION C/ CALAROTA JOSE S/ DIVORCIO CONTRADICTORIO”, expte. nro. 15262-162-09 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 422/423 se ha incurrido en error material al citar el número de expediente (Reg. Cám.), ya que donde dice “15626-162-09” debe decir “15262-162-09”.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE: I.- ACLARAR que la resolución obrante a fs. 422/423 en los presentes autos, donde dice “15626-162-09”, debe decir “15262-162-09”.-

II.- Registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-

Luis M. Escardó Edgardo J. Camperi Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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